El pasado 3 de abril de 2018 el Gobierno presentó el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018. A este respecto, y sin ánimo de realizar un análisis exhaustivo de este texto, consideramos oportuno destacar las principales novedades fiscales que este Proyecto de Ley incorpora:

IRPF

El principal objetivo que persiguen los cambios introducidos en la regulación del IRPF consiste en reducir la tributación de los trabajadores (i) con rentas más bajas y (ii) que soportan mayores cargas familiares. Entre las modificaciones introducidas destacan las siguientes:

  1. Se incrementa en 1.000 euros adicionales la deducción por maternidad para madres con hijos menores de tres años que satisfagan gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados.
  2. Se aumentan los límites establecidos para las deducciones por familia numerosa, por cada uno de los hijos que formen parte de la familia que exceda de tres.

IS

Por lo que al IS respecta, las principales novedades son las siguientes:

  1. Se modifica la reducción relativa a las rentas procedentes de determinados activos intangibles (patent box) para adaptar la misma a los estándares internacionales patrocinados por la UE y OCDE en el Plan BEPS en relación con el nexus approach.
  2. Las entidades de capital-riesgo quedarán exceptuadas de la obligación de efectuar el pago fraccionado mínimo aplicable a las grandes empresas por la parte referida a sus rentas exentas por los ingresos por dividendos y plusvalías generadas en la transmisión de participadas.
  3. Los contribuyentes por el IS podrán optar por destinar el 0,7% de su cuota íntegra a actividades de interés social, tal y como se permite a los contribuyentes del IRPF.

IVA

En el IVA, las modificaciones más relevantes son las siguientes:

  1. Se rebaja el tipo impositivo aplicable a las entradas a salas cinematográficas, que pasan de tributar al tipo general del 21% al 10%.
  2. Se modifica la exención por los servicios prestados por las uniones, agrupaciones o entidades autónomas a sus miembros (artículo 20.Uno.6º de la Ley del IVA) para suprimir su aplicación en aquellas actividades que no tengan interés social.
  3. Se modifican, con efecto 1 de enero de 2019, las reglas de tributación de los servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión cuando el destinatario no sea un empresario o profesional. De este modo, se pretende facilitar la carga administrativa y tributaria para las microempresas, estableciendo un umbral común a escala comunitaria de 10.000 euros anuales por debajo del cual los servicios estarán sujetos al IVA del estado de residencia del prestador.

Impuesto sobre el Patrimonio

Se pospone la aplicación de la bonificación del 100% sobre la cuota íntegra para el ejercicio 2019, manteniéndose su exigibilidad durante el ejercicio 2018.

Interés legal del dinero e interés de demora

  1. El interés legal del dinero se mantiene en el 3%.
  2. El interés de demora se mantiene en el 3,75%.

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