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Los trabajadores con reducción de jornada por guarda legal deben percibir íntegro el plus de absentismo
El Tribunal Supremo establece que los trabajadores que se encuentran en situación de reducción de jornada por guarda legal tienen derecho a recibir el complemento por absentismo en su totalidad, ya que este no está condicionado por la cantidad de horas trabajadas, sino por la asistencia al trabajo y el cumplimiento del horario establecido.
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