El 22 de septiembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el ACUERDO número ACDO.AS2.HCT.270422/106.P.DIR dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social ("IMSS") en la sesión ordinaria celebrada el 27 de abril de 2022, a través del cual se autorizó la modificación del Glosario de Términos, así como el apartado referente al uso del buzón IMSS, de los Lineamientos generales para el uso del Buzón IMSS, mismo que entró en vigor el 23 de septiembre de 2022.

Entre las modificaciones realizadas se encuentra la ampliación de lo que debe entenderse por "particulares", ya que además de contemplar a los derechohabientes, patrones, sujetos obligados, contadores públicos, contadores públicos autorizados, responsables solidarios, terceros relacionados, sean personas físicas o morales y representantes legales que realicen actuaciones ante el Instituto mediante el Buzón IMSS, el Instituto incluyó a las personas físicas o morales que, sin tener la calidad de los antes mencionados, requieran u opten por hacer uso de los servicios que ofrece el IMSS a través del referido sistema de comunicación.

Otra modificación contemplada en los Lineamientos consistió en adicionar el funcionamiento en general del Buzón IMSS, como nuevo supuesto para que los particulares puedan presentar al Instituto una solicitud de aclaración, a través de los mecanismos que el IMSS ponga a su disposición para tal efecto.

Con dichas modificaciones el IMSS pretende coadyuvar en la transparencia, verificación y cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social y ampliar, en beneficio de los usuarios, el alcance de las aclaraciones que pueden presentarse a través del Buzón IMSS.

Recomendamos analizar en lo particular la publicación para poder identificar oportunamente otros temas que no se hayan comentado en este Flash informativo.

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