Nuevo mecanismo de ingreso de ciudadanos chinos a Uruguay

A partir del 1ero de junio de 2017, el Ministerio de Relaciones Exteriores puso en marcha una etapa de prueba mediante la cual se facilita el ingreso a ciudadanos chinos a Uruguay.

Hasta este momento los ciudadanos chinos requerían visa para el ingreso a nuestro país. Este trámite implicaba cumplir con determinados requisitos, con sus costos y demoras correspondientes.

Mediante el nuevo sistema, aquellos ciudadanos chinos que cuenten con visado vigente para Estados Unidos, Canadá y Reino Unido, siempre que cumplan con los requisitos que describe el Ministerio, podrán ingresar por un plazo de 90 días a nuestro país.

Transcribimos a continuación el comunicado emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores detallando los requisitos:

"En referencia al mecanismo de ingreso a la República de ciudadanos chinos titulares  de pasaportes comunes con visados vigentes de Estados Unidos, Canadá, Reino Unido  y Unión Europea, el día  01 de junio del corriente año a las 00:00 hora local, se inició  una etapa de prueba que involucrará a los ciudadanos chinos titulares de visados  vigentes de  Estados Unidos, Canadá y Reino Unido,  que registren al menos un  ingreso a dichos países en uso de los mismos.

Para ampararse a dicho mecanismo, los interesados deberán cumplir necesariamente  con cada uno de los siguientes requerimientos:

1 – Poseer pasaporte con vigencia mayor a seis meses y en buen estado.

2 – Contar al momento del ingreso con una visa con plazo vigente no menor a un año.

3 – En aquellos casos en que el plazo de vigencia total de la visa sea inferior a  dieciocho meses, la exigencia precedente no será de aplicación.

4 – Que dicha visa ya hubiere sido utilizada, al menos una vez, en el país que la  concedió.

5 – El ingreso mediante este mecanismo, únicamente podrá realizarse por el Aeropuerto  Internacional de Carrasco, dado que es la terminal que cuenta la tecnología adecuada.

El no cumplimiento de alguno de estos requisitos será motivo suficiente para rechazar el

ingreso del interesado a la República.

Aquellas personas que se amparen a este mecanismo y cumplan con los requerimientos  exigidos podrán permanecer en Uruguay por un período que no podrá superar los 90  días, con entradas múltiples.

No podrán ampararse al presente mecanismo los marinos mercantes, tripulantes de  cabina y personal militar que viaje a la República en ejercicio de su profesión.

Independientemente del cumplimiento de todos los requerimientos señalados  anteriormente, las autoridades migratorias nacionales se reservan el derecho de ingreso  a Uruguay, conforme lo estipulado en la Ley Nº 18.250."

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