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Finalizamos nuestro análisis de las Guías de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA) para el cumplimiento del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (RIA).
Esta vez desglosamos los pilares operativos de las Guías núm. 15 y 16, centradas en la documentación técnica y el manual de checklist de guías de requisitos.
Guía 15: "Documentación técnica"
La Guía 15, denominada "Documentación técnica", está dirigida exclusivamente al proveedor del sistema de IA por ser el responsable de la elaboración de la documentación técnica del sistema de IA.
La documentación técnica en sí misma es toda la información necesaria que evalúa si el sistema de IA cumple con los requisitos pertinentes y facilitar la vigilancia poscomercialización. Esta información deberá incluir: las características generales, las capacidades y las limitaciones del sistema y los algoritmos, datos y procesos de entrenamiento, prueba y validación empleados, así como la documentación sobre el sistema de gestión de riesgos pertinente, elaborada de manera clara y completa.
La Guía resume, a través de un esquema, los requisitos impuestos por el RIA sobre la documentación técnica:

Ilustración. ‘Documentación técnica’. Fuente: Guía nº 15
Durante todo el proceso de la documentación técnica, se tiene que tener en cuenta que:
- La documentación técnica debe ser completa antes de que el sistema de IA se comercialice y se ponga en servicio.
- Para que la documentación esté actualizada durante toda la vida útil del sistema de IA, el proveedor debe tomar medidas como, por ejemplo: dentro de los procesos de gestión del sistema de IA, establecer un procedimiento de seguimiento de los cambios que tenga su reflejo en la actualización de la documentación; generar una cadena de responsabilidad (o designar un responsable de la gestión del cambio sobre el sistema que se encargue de actualizar la documentación de acuerdo con los cambios); o establecer, definir y dimensionar un sistema de gestión documental o solución técnica equivalente, que le permita garantizar la conservación y cambios de esta.
- Se deberá conservar la documentación durante un período de diez años desde la introducción en el mercado del sistema de IA. Por tanto, el proveedor deberá disponer de las medidas técnicas necesarias para preservar dicha documentación y que no exista riesgo alguno de perderse.
Así, la Guía presenta, para ayudar a los proveedores de los sistemas de IA, la estructura que deberá tener la documentación técnica para cumplir con el contenido mínimo dispuesto en el Anexo IV del RIA. Entre otras cosas, se deberá incluir: una descripción general del sistema de IA donde se incluya la finalidad prevista (descripción del uso para el que ha sido diseñado, contexto de utilización del sistema, y las condiciones de uso), el nombre del proveedor y la versión del sistema; la manera en que el sistema de IA interactúa o puede utilizarse para interactuar con hardware o software, así como con otros sistemas de IA, que no formen parte del propio sistema de IA; o introducciones de uso general dirigidas al responsable del despliegue e instrucciones de instalación.
Guía 16: "manual de checklist de guías de requisitos"
La Guía 16, denominada "Manual de checklist de guías de requisitos", tiene como finalidad que las empresas sepan cómo realizar un autodiagnóstico del cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el RIA por parte de los sistemas de IA de alto riesgo y poder diseñar un plan de adaptación de sus sistemas a los requisitos establecidos por el mismo.
Esta herramienta es un documento Excel, que se compone de 9 pestañas de las cuales: cinco de ellas son informativas con instrucciones de uso e información de contexto, y cuatro de ellas son pestañas operativas en las que se completa la información requerida.
Las cinco pestañas informativas están formadas por:
- "Portada": contiene un recordatorio de confidencialidad obligatorio.
- "Introducción": describe de manera resumida los pasos y lo que la herramienta puede hacer.
- "Artículo RIA": muestra los apartados del artículo del RIA sobre los cuales la entidad va a hacer autodiagnóstico.
- "Medidas Guías": expone las medidas explicativas con detalle recogidas en cada una de las guías. Además, se incluye por cada medida unas cuestiones orientativas con el objetivo de contextualizarla para que la respuesta a las mismas pueda dar una idea de si el sistema ya cumple o no la medida en cuestión.
- "Relación MG-Apart.": hace un resumen de la potencial aplicación de las medidas expuestas en la pestaña sobre "Medidas Guías" a cada uno de los apartados del artículo.
Las cuatro pestañas operativas están formadas por:
- "Autoeval MG.": permite identificar tanto el nivel de madurez de implantación de la medida propuesta en el sistema, como el nivel de dificultad percibido para llevarla a cabo. Una vez cumplimentada la pestaña, surge el diseño del Plan de Adaptación. Además, si la empresa considera que alguna medida puede servir para ser aplicada a algún apartado adicional, se podrá indicar al final de las filas pre-informadas, debiéndose cumplimentar dos columnas en relación con el nivel de dificultad percibido y el nivel de madurez.
- "Medidas Adicionales (MA)": el diagnóstico incluido en esta pestaña, junto con las dos siguientes, consiste en la información de las entidades acerca de las medidas que ellas mismas proponen como posibles para el cumplimiento del RIA, y cuya idoneidad evalúa la SEDIA. La empresa deberá indicar las medidas que, en su experiencia, permiten el cumplimiento de apartados del artículo. Por ello, deberá agregar una fila por cada una de las medidas indicando una descripción breve de la medida y nombre del archivo.
- "Relación MA-Apart.": resume de manera ejecutiva la potencial aplicación de las medidas informadas en la pestaña anterior a cada uno de los apartados del artículo.
- "Autoeval MA.": es una pestaña que aparece automáticamente pre-informada con una fila por cada una de las relaciones descritas en la pestaña anterior.
Enlaces relacionados
- 'Nuevas Guías de la AESIA para cumplir con el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial' (02 de febrero de 2026)
- Guías introductorias de la AESIA: Guías 1 y 2
- Guías técnicas de la AESIA: Guías 3 y 4 | Guías 5 y 6 | Guías 7 y 8 | Guías 9 y 10 | Guías 11 y 12 | Guías 13 y 14
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