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30 September 2025

Publicación de acciones de simplificación para trámites ante la COFEPRIS

GT
Greenberg Traurig, LLP

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Greenberg Traurig, LLP has more than 2,850 attorneys across 49 locations in the United States, Europe, the Middle East, Latin America, and Asia. The firm’s broad geographic and practice range enables the delivery of innovative and strategic legal services across borders and industries. Recognized as a 2025 BTI “Best of the Best Recommended Law Firm” by general counsel for trust and relationship management, Greenberg Traurig is consistently ranked among the top firms on the Am Law Global 100, NLJ 500, and Law360 400. Greenberg Traurig is also known for its philanthropic giving, culture, innovation, and pro bono work. Web: www.gtlaw.com.
Durante el mes agosto de 2025, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos acuerdos relevantes que establecen medidas de simplificación administrativa para diversos trámites ante dicha autoridad.
Mexico Food, Drugs, Healthcare, Life Sciences

Durante el mes agosto de 2025, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) dos acuerdos relevantes que establecen medidas de simplificación administrativa para diversos trámites ante dicha autoridad. A continuación, se resumen los principales puntos de cada uno:

I. Simplificación de trámites relacionados con importación de productos, publicado el 11 de agosto de 2025

Principales acciones

i. Fusión de trámites, con los siguientes cambios:

  • COFEPRIS-02-004 y COFEPRIS-02-005 se unifican para quedar con el nombre de "Permiso sanitario de importación de productos del tabaco".
  • COFEPRIS-01-002-A y COFEPRIS-01-002-B para quedar con el nombre de "Permiso sanitario de importación de productos.
  • COFEPRIS-01-024 y COFEPRIS-01-025 para quedar con el nombre de "Permiso de internación o salida del territorio nacional de células y tejidos incluyendo sangre, sus componentes y derivados, así como otros productos de seres humanos".

ii. Publicación de los requisitos aplicables a los nuevos trámites fusionados.

iii. Eliminación de la obligación de presentar ciertos requisitos de manera física. No obstante, la información indispensable contenida en los documentos deberá incluirse en los formatos físicos o en línea.

iv. Actualización de los requisitos a presentarse para los trámites identificados con las homoclaves COFEPRIS-01-006, COFEPRIS-01-012 y COFEPRIS-01-030.

v. Reducción del tiempo de resolución para diversos trámites.

Entrada en vigor

El acuerdo entrará en vigor a los 180 días hábiles siguientes a su publicación en el DOF, respecto de los trámites que se presentan a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, y a los 30 días hábiles posteriores a su publicación, respecto de los trámites que se realicen de manera presencial y que estén vinculados con la importación de productos, medicamentos, dispositivos médicos o muestras destinadas al uso o consumo personal, así como para las Dependencias e Instituciones Públicas que importen insumos para la salud relacionados con la atención del abasto o la prevención de riesgos inminentes a la salud pública.

Trámites en curso

Los trámites ingresados con anterioridad a la entrada en vigor del Acuerdo se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.

II. Simplificación de trámites relacionados con dispositivos médicos, remedios herbolarios y exportación, publicado el 22 de agosto de 2025

Principales acciones

i. Fusión de trámites, con los siguientes cambios:

  • COFEPRIS-04-001-A, COFEPRIS-04-001-B y COFEPRIS-04-001-C para quedarcon el nombre de"Registro sanitariode dispositivos médicos"
  • COFEPRIS-04-001-I, COFEPRIS-04-001-J y COFEPRIS-04-001-K para quedar con el nombre de "Registro sanitario de dispositivos médicos considerados de bajo riesgo"
  • COFEPRIS-04-009-A y COFEPRIS-04-009-B para quedar con el nombre de "Solicitud de clave alfanumérica de remedios herbolarios".
  • COFEPRIS-01-007-C y COFEPRIS-01-007-D, con el trámite identificado como "Solicitud de Certificado para Apoyo a la Exportación", quedando como "Certificado para apoyo a la exportación".

ii. Publicación de los requisitos aplicables a los nuevos trámites fusionados.

iii. Actualización de los requisitos a presentarse para diversos trámites, entre ellos, los identificados con las homoclaves COFEPRIS-04-005, COFEPRIS-2022-022-004-A, COFEPRIS-10-001 y COFEPRIS-01-019.

iv. Cambio de denominación del trámite "Solicitud de asesoría en materia de ingeniería sanitaria", quedando como "Orientación en materia de ingeniería sanitaria y otros".

Reducción del tiempo de resolución para diversos trámites.

Entrada en vigor

El acuerdo entrará en vigor a los 30 días hábiles posteriores a su publicación, para la mayor parte de los trámites previstos en el Acuerdo, quedando excluidos ciertos trámites, respecto de los cuales el Acuerdo entrará en vigor a los 180 días hábiles siguientes a su publicación en el DOF.

Trámites en curso

Los trámites ingresados con anterioridad a la entrada en vigor del Acuerdo se resolverán de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.

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