En cumplimiento a la Reforma Judicial aprobada en septiembre 2024, el 1 de septiembre de 2025 entró en funciones la nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ("SJCN"), modificando la estructura y operatividad de la SCJN, como consecuencia de la reducción de once a nueve ministros y la eliminación de sus Salas.
En consecuencia, el 4 de septiembre de 2025, la SCJN emitió el Reglamento de Sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de Integración de las Listas de Asuntos con Proyecto de Resolución y el Acuerdo General 1/2025 (12a) del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que Regula la Recepción, Registro y Turno de los Asuntos de su Competencia. Dicho ordenamiento reglamenta el funcionamiento de la SCJN, de la siguiente manera:
I. Sesiones del Pleno.
Como regla general las sesiones serán públicas, de manera excepcional podrán ser privadas, cuando así lo determine su Presidencia.
Las SCJN sesionará de la siguiente manera:
- lunesy martes: Se destinarán para controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, recursos de inconformidad, incidentes de inejecución de sentencia, declaratorias generales de constitucionalidad, contradicciones de criterios, constitucionalidad de consultas populares, recursos de revisión en materia de seguridad nacional, juicios vinculados a coordinación fiscal, asuntos vinculados con el cumplimiento de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
- miércoles: Se discutirán los asuntos relacionados con las materias penal y civil.
- jueves: Se destinarán a resolver asuntos de materias administrativa y laboral.
II. Orden del día
La lista de asuntos a resolver los clasificará en las siguientes categorías:
a) Asuntos urgentes: que comprenderá la revisión oficiosa de Decretos Presidenciales sobre suspensión de derechos y garantías;
b) Asuntos prioritarios: vinculados a la defensa de grupos en situación de vulnerabilidad, asuntos en materia de competencia económica, medio ambiente o aquellos que así determine la SCJN;
c) Asuntos de atención preferente: relacionados con la privación de la libertad, derechos de pueblos indígenas, derechos de menores, juicios agrarios colectivos, electorales; y
d) Asuntos de término: atinentes a la materia tributaria y penal, y otros.
III. Proyectos de Resolución.
Los proyectos de resolución de los asuntos se publicarán al difundir la lista de sesión que los incluya. Estos proyectos podrán ser retirados de la lista a petición justificada del ponente. También podrán ser sustituidos, total o parcialmente, hasta un día hábil antes de la sesión.
IV. Recepción, Registro y Turno de Nuevos Asuntos.
El turno de los asuntos se realizará mediante un sistema automatizado, conforme al orden cronológico de ingreso, distribuyendo de forma equilibrada en cantidad y en categoría entre las ponencias, salvo que el asunto de nuevo ingreso esté vinculado o relacionado a otro existente en alguna ponencia.
Las promociones a la SCJN podrán presentarse:
i. De forma presencial, en la Oficina de Certificación Judicial y de Correspondencia o en Oficinas de Correspondencia Común o en cualquiera de las sedes del Poder Judicial de la Federación en el interior de la República; o,
ii. Por medios electrónicos, a través del Sistema Electrónico del Poder Judicial de la Federación.
Al registrarse la promoción, se identificará con un código Quintana Roo que permitirá a los interesados consultar el asunto desde su recepción hasta su resolución.
V. Turno de Asuntos Existentes.
Las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, continuarán con el conocimiento de los asuntos previamente turnados a sus ponencias.
A los ministros María Estela Ríos y Giovanni Figueroa, les corresponderán los asuntos originalmente turnados a las ponencias de los ministros en retiro Jorge Mario Pardo Rebolledo y Juan Luis González Alcantará.
Los asuntos restantes serán reasignados a través del sistema automatizado de turno, entre las demás ponencias, conforme a la votación que obtuvieron en el proceso electoral y al orden cronológico de ingreso conforme a la fecha de presentación, hasta que se equilibren las cargas de trabajo.
La asignación de estos asuntos será publicada en medios electrónicos oficiales y en los estrados de la SCJN.
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