El 17 de mayo de 2020 el Gobierno de México dio a conocer a través de su página de internet los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, los cuales contienen los principios y estrategias sobre las medidas de promoción de la salud, de protección a la salud y para el cuidado de poblaciones vulnerables, que deben considerarse para la elaboración del protocolo de seguridad sanitaria; dichos lineamientos serán necesarios para las acciones y planes respecto del reinicio de las actividades de la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte y servirán como base para el resto de las actividades esenciales.

Estos lineamientos establecen las siguientes medidas de protección en salud (Seguridad e Higiene en el Trabajo):

a) Mantener sana distancia;
b) Control de ingreso-egreso de las personas trabajadoras (filtros sanitarios);
c) Prevención de contagios en el centro de trabajo; y
d) Distribución de equipo de protección personal a las personas trabajadoras.

Asimismo, establece un plan para el retorno al trabajo que comprende una serie de acciones que los centros de trabajo deberán implementar, reduciendo losriesgos de contagio. Dicho plan consta de 5 rubros:
  1. Planeación. Acciones necesarias para la correcta implementación de las medidas de protección en los centros de trabajo;
  2. Información y capacitación. Acciones para dar a conocer al personal, las medidas de higiene, limpieza, cuidados y las indicaciones de las autoridades;
  3. Medidas de prevención de brotes en la empresa. Acciones que se realizan cuando se sospecha o se sabe que existe una infección en el centro de trabajo;
  4. Políticas temporales. Medidas implementadas durante la fase de "Nueva Normalidad" con el fin de reducir riesgos de contagio; y
  5. Vigilancia y supervisión. Acciones encaminadas a constatar la correcta implementación de las medidas de protección en el centro de trabajo;
De igual manera, lo referidos lineamientos señalan las medidas de protección aplicables para la población vulnerable en los centros de trabajo ubicados en regiones consideradas como de riesgo alto y medio, respecto de la cual se proponen las siguientes recomendaciones:
  • Otorgar facilidades para que el personal vulnerable acuda a su médico antes del regreso a la actividad o durante el primer mes;
  • Implementar lineamientos diferenciados que permitan disminuir riesgos y contrarrestar posibles afectaciones al personal;
  • Priorizar el trabajo a distancia;
  • En caso de no ser posible hacer trabajo a distancia, se deberá designar un comité o persona responsable de garantizar medidas especiales, como:
      - Identificar al personal en situación de vulnerabilidad;
      - Cerciorarse que dicha población cuente con equipo de protección personal;
      - Implementación de medidas para la reducción de densidad humana en los espacios de trabajo;
      - Permitir el ingreso a la fuente de trabajo en horarios diferentes al resto del personal;
      - Establecer zonas exclusivas en el área de alimentos, comedores, vestidores, etc.

Para estar en posibilidad de reanudar operaciones, las empresas de la construcción, la minería y la fabricación de equipo de transporte, deberán obtener de la autoridad competente la aprobación del protocolo sanitario, lo cual puede solicitarse vía Internet en el sitio: http://www.desi.economia.gob.mx/esenciales/.

Los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral fueron divulgados por el Gobierno Federal a través del sitio www.gob.mx/nuevanormalidad y a la fecha no han sido publicados en el Diario Oficial de la Federación, por lo que estimamos que los mismos podría estar sujetos a modificaciones sin previo aviso.

The content of this article is intended to provide a general guide to the subject matter. Specialist advice should be sought about your specific circumstances.