Mediante Resolución NAC-DGERCGC22-00000033 emitida por el Director General del Servicio de Rentas Internas, se amplían los plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias relacionadas con IVA, ICE e impuesto a la Renta a los contribuyentes domiciliados en las provincias de Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi, Pichincha, Pastaza, Azuay, Imbabura, Sucumbíos y Orellana.  

  1. Los sujetos pasivos calificados como contribuyentes especiales podrán realizar la declaración y pago del IVA, ICE y retenciones en la fuente de impuesto a la renta correspondientes al período de junio de 2022 hasta el 28 de julio de 2022.
  2. Los sujetos pasivos que no estén calificados como contribuyentes especiales podrán realizar la declaración y pago del IVA, ICE y retenciones en la fuente de impuesto a la renta correspondientes al período de junio de 2022 y al primer semestre de 2022 (según corresponda) en los siguientes plazos:

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  1. Los sujetos obligados a presentar el Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) correspondiente al ejercicio fiscal 2021, podrán hacerlo de acuerdo con el siguiente calendario:

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