A través del Boletín de Prensa No. 343/2022 de 6 de julio de 2022, el Director de Prestaciones Económicas y Sociales de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que con el objeto de facilitar a los trabajadores afiliados el trámite de su incapacidad por contagio de COVID-19 y, con ello, romper las cadenas de contagio, el Instituto activó la versión 4.0 del Permiso COVID-19, el cual es un trámite digital, que no requiere visitar los servicios médicos del IMSS ni hacerse una prueba y permite a los trabajadores recibir directamente vía electrónica la notificación del subsidio por enfermedad general que les corresponde.

Al respecto, se establece que se dará al trabajador permiso legalmente para ausentarse por cinco días y recibir un subsidio del 60 por ciento del salario registrado en el IMSS durante los días cuarto y quinto de incapacidad; el pago se realizará en la cuenta registrada y una vez tramitada la solicitud, no podrá ser cancelada.

Finalmente, se establece que si un trabajador ya tuvo un permiso COVID previo, puede volver a tramitar otro permiso, con la variante de que el primero fue por 14 días, después de siete y actualmente se otorga para cinco días de resguardo.

The content of this article is intended to provide a general guide to the subject matter. Specialist advice should be sought about your specific circumstances.