En cumplimiento a la Disposición Transitoria Tercera del Código de Economía Social de los Conocimientos, la Creatividad y la Innovación del Ecuador; y luego de veinte (20) años de existencia, el Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual (IEPI)  dejó de existir para ser reemplazado por el Servicio Nacional De Derechos Intelectuales (SENADI).

El pasado 18 de abril de 2018, se publicó en el Registro Oficial Suplemento 224, el Decreto Ejecutivo 356, mediante el cual dispone la creación del Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI), convirtiéndose en la nueva autoridad competente en materia de derechos intelectuales, la cual estará adscrita a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

Los aspectos más importantes de la nueva institución se resumen en 4 ejes fundamentales.

  • El  SENADI  tiene  personalidad jurídica propia y esta dotado de autonomía administrativa, operativa y financiera, con sede en la ciudad de Quito. Este punto no varió con relación a la anterior institución, sin embargo es importante que mantenga este grado de independencia para que pueda ejecutar su planificación de manera adecuada y acorde a sus propias necesidades.
  • El SENADI tiene a su cargo  los servicios de adquisición y ejercicio no solo de los derechos de propiedad intelectual, sino también, como una competencia adicional la protección de los conocimientos tradicionales. En este sentido, su atribución es monitorear los derechos colectivos de los legítimos poseedores de los conocimientos tradicionales e iniciar de oficio las acciones pertinentes que fueren necesarias.
  • Asimismo, se abre la posibilidad de que el SENADI pueda implementar oficinas a los largo del territorio ecuatoriano que permitan el ejercicio desconcentrado de las competencias de su servicio y, contará en su estructura interna, con al menos los siguientes órganos: Dirección General; Derechos de Autor y Derechos Conexos; Propiedad Industrial; Obtenciones Vegetales y Conocimientos Tradicionales; Gestión y Promoción de los Derechos Intelectuales; y Órgano Colegiado de Derechos Intelectuales. El aspecto más innovador es la creación de la oficina de Gestión y Promoción de los Derechos Intelectuales, pues aunque todavía no están definidas sus competencias y atribuciones, por su nombre podemos evidenciar que la Autoridad Nacional en Derechos Intelectuales deja de ser sólo una oficina de registro y pasa a tener un rol protagónico en la difusión y fomento de los derechos intelectuales.
  • El Decreto Ejecutivo crea un órgano colegiado en materia de derechos intelectuales, que conocerá los actos administrativos emitidos por el SENADI en última instancia, integrado por seis (6) personas y que se conformará mediante sorteo en tribunal de tres (3) miembros para cada caso. Este organismo sustituye al Comité de Propiedad Intelectual, que estaba compuesto por dos (2) salas de tres (3) miembros permanentes cada uno.

Es preciso recalcar que este cambio tiene una perspectiva positiva, ya que la reciente institucionalidad recoge demandas y requerimientos de los titulares  y usuarios de los derechos de propiedad intelectual. Además otorga al SENADI competencias más amplias para el cumplimiento de las nuevas regulaciones, que sobre los derechos intelectuales contempla el Código de Economía Social de los Conocimientos, la creatividad y la Innovación del Ecuador.

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