El 12 de diciembre de 2017, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ("STPS") publicó en el Diario Oficial de la Federación, los lineamientos de operación1 del sistema electrónico para que los empleadores informen a la autoridad laboral el nivel de cumplimiento en los siguientes módulos (i) condiciones generales de trabajo, (ii) capacitación y adiestramiento y (iii) seguridad y salud en el centro de trabajo.2

De acuerdo con los lineamientos, el principal objetivo del sistema de cumplimiento es que los empleadores incrementen el nivel de cumplimiento con la legislación laboral a través de:

  • identificar la normatividad en materia laboral que les es aplicable;
  • reportar a la autoridad laboral el nivel de cumplimiento en que se encuentran en los tres módulos señalados;
  • proponer un plazo o fecha para lograr el cumplimiento con la normatividad laboral;
  • recibir asesoría y asistencia técnica de la STPS; y
  • llevar a cabo las acciones preventivas y correctivas.

Los empleadores podrán acceder al sistema a través de la página web http://cumplilab.stps.gob.mx/, donde podrán registrar a sus centros de trabajo y obtener una clave y contraseña generada en el propio portal. Este portal permite a los empleadores reportar su nivel de cumplimiento en los tres módulos (condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento y seguridad y salud). Al completar cada módulo, el sistema generará un acuse.

Cada reporte busca identificar el nivel de cumplimiento en las siguientes áreas:

  1. Condiciones generales de trabajo. Evaluar el nivel de cumplimiento del empleador relacionado con la jornada laboral, descanso, vacaciones, salario, aguinaldo, reparto de utilidades, entre otros.
  2. Capacitación y adiestramiento. Evaluará si el empleador proporciona capacitación a los trabajadores para elevar su competitividad y prevenir riesgos de trabajo.
  3. Seguridad y Salud. Evalúa si el empleador realiza las acciones necesarias para prevenir riesgos de trabajo a través de la identificación de las Normas que sean aplicables de acuerdo a la rama industrial.

A pesar de que las empresas podrán determinar los plazos para dar cumplimiento a la normatividad laboral que les sea aplicable, éstos no podrán ser mayores de un año a partir de la fecha de emisión del acuse por cada módulo. En caso de no cumplir con las medidas ordenadas, el centro de trabajo podrá ser dado de baja del sistema y se iniciará un proceso administrativo en su contra.

El sistema establece diversos incentivos para que los empleadores se registren al mismo. Con base en la información proporcionada, la STPS determinará el nivel de cumplimiento en una escala del 0 al 100. Dependiendo del nivel de cumplimiento, las empresas podrán recibir incentivos que incluyen desde visitas de asesoría y asistencia técnica; preferencia en la participación de foros de difusión; participación en los cursos de alineación con fines de certificación con respecto a los estándares de competencias y por último se podrá solicitar a la STPS un reconocimiento en el rubro que corresponda. Adicionalmente, los centros de trabajo registrados en el sistema no recibirán visitas de inspección ordinarias durante un año, a partir de que se emita el acuse del módulo que corresponda y siempre y cuando se emita previo al citatorio de la visita de inspección en dicho módulo. Los acuses podrán renovarse dentro de los sesenta días previos al vencimiento, sin embargo en todos los casos se deberá incrementar el nivel de cumplimiento para conservar el acuse.

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Footnotes

1 Los Lineamientos de Operación y Funcionamiento del Sistema para Informar a la Autoridad del Trabajo el Nivel de Cumplimiento de las Condiciones Generales de Trabajo, Capacitación y Adiestramiento y Seguridad y Salud que prevalecen en los Centros de Trabajo pueden ser consultados en http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5507467&fecha=12/12/2017.

2 Para revisar la cobertura de Littler sobre el nuevo sistema de cumplimiento, favor de revisar México: Nuevo Sistema Permite a Patrones Informar su Cumplimiento de la Ley Laboral y Evitar Inspecciones publicado por David Leal Gonzalez y Veronica Lopez Madrigal.

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