El 2 de junio de 2017, se publicó en el Semanario Judicial de la Federación la Tesis de Jurisprudencia dictada por el Primer Tribunal Colegiado del Primer Circuito de la Ciudad de México, con el rubro: "CALIFICACIÓN DE UN SINIESTRO COMO ENFERMEDAD O ACCIDENTE DE TRABAJO. CONSTITUYE UN ACTO DEFINITIVO IMPUGNABLE POR EL PATRÓN A TRAVÉS DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 294 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL".

El contenido de esa Jurisprudencia, que es obligatoria para los Tribunales Federales, señala que el dictamen de calificación de riesgo de trabajo de un trabajador (ST-7) es una resolución definitiva impugnable a través del recurso de inconformidad previsto en el artículo 294 de la Ley del Seguro Social, pues el patrón se encuentra obligado a tomarla en cuenta al revisar anualmente su siniestralidad para fijar la prima que le corresponde, con base en los casos de riesgos de trabajo presentados en el año previo.

En caso de que los patrones no impugnen la calificación de riesgos de trabajo y se omita en la Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo, se tendrá por consentida esa calificación y, en consecuencia, el IMSS emitirá la resolución de rectificación que aumentará el porcentaje del mencionado Seguro que, en términos del criterio del Tribunal Colegiado, no podrá ser combatida.

Los abogados del área de seguridad social estamos a sus órdenes para brindarles el apoyo necesario o cualquier asesoría que requieran sobre el particular.

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