El 17 de mayo de 2020 el Gobierno de México dio a
conocer a través de su página de internet los
Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el
Entorno Laboral, los cuales contienen los principios y
estrategias sobre las medidas de promoción de la salud, de
protección a la salud y para el cuidado de poblaciones
vulnerables, que deben considerarse para la elaboración del
protocolo de seguridad sanitaria; dichos lineamientos serán
necesarios para las acciones y planes respecto del reinicio de las
actividades de la industria de la construcción, la
minería y la referente a la fabricación de equipo de
transporte y servirán como base para el resto de las
actividades esenciales.
Estos lineamientos establecen las siguientes medidas de protección en salud (Seguridad e Higiene en el Trabajo):
a) Mantener sana distancia;
b) Control de ingreso-egreso de las personas trabajadoras (filtros sanitarios);
c) Prevención de contagios en el centro de trabajo; y
d) Distribución de equipo de protección personal a las personas trabajadoras.
Asimismo, establece un plan para el retorno al trabajo que comprende una serie de acciones que los centros de trabajo deberán implementar, reduciendo losriesgos de contagio. Dicho plan consta de 5 rubros:
- Cerciorarse que dicha población cuente con equipo de protección personal;
- Implementación de medidas para la reducción de densidad humana en los espacios de trabajo;
- Permitir el ingreso a la fuente de trabajo en horarios diferentes al resto del personal;
- Establecer zonas exclusivas en el área de alimentos, comedores, vestidores, etc.
Para estar en posibilidad de reanudar operaciones, las empresas de la construcción, la minería y la fabricación de equipo de transporte, deberán obtener de la autoridad competente la aprobación del protocolo sanitario, lo cual puede solicitarse vía Internet en el sitio: http://www.desi.economia.gob.mx/esenciales/.
Los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral fueron divulgados por el Gobierno Federal a través del sitio www.gob.mx/nuevanormalidad y a la fecha no han sido publicados en el Diario Oficial de la Federación, por lo que estimamos que los mismos podría estar sujetos a modificaciones sin previo aviso.
Estos lineamientos establecen las siguientes medidas de protección en salud (Seguridad e Higiene en el Trabajo):
a) Mantener sana distancia;
b) Control de ingreso-egreso de las personas trabajadoras (filtros sanitarios);
c) Prevención de contagios en el centro de trabajo; y
d) Distribución de equipo de protección personal a las personas trabajadoras.
Asimismo, establece un plan para el retorno al trabajo que comprende una serie de acciones que los centros de trabajo deberán implementar, reduciendo losriesgos de contagio. Dicho plan consta de 5 rubros:
- Planeación. Acciones necesarias para la correcta implementación de las medidas de protección en los centros de trabajo;
- Información y capacitación. Acciones para dar a conocer al personal, las medidas de higiene, limpieza, cuidados y las indicaciones de las autoridades;
- Medidas de prevención de brotes en la empresa. Acciones que se realizan cuando se sospecha o se sabe que existe una infección en el centro de trabajo;
- Políticas temporales. Medidas implementadas durante la fase de "Nueva Normalidad" con el fin de reducir riesgos de contagio; y
- Vigilancia y supervisión. Acciones encaminadas a constatar la correcta implementación de las medidas de protección en el centro de trabajo;
- Otorgar facilidades para que el personal vulnerable acuda a su médico antes del regreso a la actividad o durante el primer mes;
- Implementar lineamientos diferenciados que permitan disminuir riesgos y contrarrestar posibles afectaciones al personal;
- Priorizar el trabajo a distancia;
- En caso de no ser posible hacer trabajo a distancia, se deberá designar un comité o persona responsable de garantizar medidas especiales, como:
- Cerciorarse que dicha población cuente con equipo de protección personal;
- Implementación de medidas para la reducción de densidad humana en los espacios de trabajo;
- Permitir el ingreso a la fuente de trabajo en horarios diferentes al resto del personal;
- Establecer zonas exclusivas en el área de alimentos, comedores, vestidores, etc.
Para estar en posibilidad de reanudar operaciones, las empresas de la construcción, la minería y la fabricación de equipo de transporte, deberán obtener de la autoridad competente la aprobación del protocolo sanitario, lo cual puede solicitarse vía Internet en el sitio: http://www.desi.economia.gob.mx/esenciales/.
Los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral fueron divulgados por el Gobierno Federal a través del sitio www.gob.mx/nuevanormalidad y a la fecha no han sido publicados en el Diario Oficial de la Federación, por lo que estimamos que los mismos podría estar sujetos a modificaciones sin previo aviso.
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