El 29 de mayo del presente la Secretaría de
Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el Acuerdo mediante el cual modifica el
diverso de fecha 26 de marzo de 2020, a través del cual se
suspendieron, por causas de fuerza mayor, ciertos términos,
así como la recepción de trámites de manera
presencial con la finalidad de evitar la propagación del
virus COVID-19.
Como lo informamos en nuestro Flash Informativo 2020-10, el pasado
26 de marzo de 2020 la SE suspendió la recepción de
documentación de manera física dentro de sus
trámites, dando preferencia a la recepción de
documentación de manera electrónica, para lo cual
habilitó diversas direcciones electrónicas
institucionales con el objetivo de continuar operando de manera
regular. En este sentido, mediante el Acuerdo que nos ocupa, se
extiende hasta el 15 de junio de 2020 la modalidad de trabajo
remoto que ha sido implementada por la citada Dependencia.
Por lo que hace a la Unidad de Prácticas Comercial
Internacionales (UPCI), es importante recordar que sus plazos y
términos legales no han sido suspendidos, para lo cual se
habilitó la dirección electrónica
upci@economia.gob.mx con la finalidad de recibir
documentación. Mediante el Acuerdo que nos ocupa se prorroga
dicho esquema de trabajo remoto para la citada Unidad hasta el 15
de junio de 2020, reiterando que los plazos y términos
legales continuarán corriendo de manera normal y
únicamente se admitirán promociones que sean
presentadas de manera electrónica.
Asimismo, el Acuerdo dispone que las obligaciones de entrega de
información ante la Unidad de Contenido Nacional y Fomento
de Cadenas Productivas e inversión en el Sector
Energético, así como la información de
comprobación de ejecución de obras y trabajos
conforme al artículo 28 de la Ley Minera, cuyo vencimiento
sea del mes de abril, mayo y junio, se podrán presentar
dentro de los 30 días naturales siguientes al término
de la vigencia del Acuerdo en horas y días hábiles,
es decir a partir del día 15 de julio de 2020.
Es importante señalar que el citado Acuerdo estará
vigente hasta el próximo 15 de junio de 2020, no obstante
ello, su vigencia podrá concluir de manera anticipada en
caso que la autoridad sanitaria determine, conforme al sistema de
semáforo por regiones dado a conocer el 14 de mayo por la
Secretaría de Salud, que el riesgo epidemiológico de
la zona geográfica donde la Secretaría de
Economía tiene su domicilio, ya no se encuentra a nivel
máximo.
Por último, se informa que una vez concluida la vigencia
del citado Acuerdo, las unidades administrativas de la SE
deberán continuar priorizando hasta el 31 de julio de 2020,
el trabajo remoto en casa para los servidores públicos, el
uso del correo electrónico como medio de comunicación
y notificación, así como el uso de los medios
electrónicos para la celebración de comités y
reuniones.
Mayo 2020
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