En 21 de abril del presente año, se publicó la Ley N°30424, que habla de la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el delito de cohecho activo transnacional.
La ley sanciona la responsabilidad de las personas jurídicas, solo por el delito de cohecho activo transnacional, o mejor dicho por el soborno que comete la empresa peruana por medio del funcionario público de otro país.