El 28 de febrero de 2018, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (Primera Sala), aprobó la propuesta del Ministro Arturo Zaldívar en el amparo directo en revisión 4883/2017, mediante el cual se reconoce el valor de la doble jornada que realizan las mujeres que cuidan de su hogar y además cuentan con un trabajo remunerado para contribuir con el sostenimiento de su familia, así como el derecho que tienen a que se les compense dicho trabajo cuando se disuelva el matrimonio.

Al respecto, la Primera Sala consideró que no se estaba protegiendo adecuadamente a aquellos cónyuges que asumieron cargas domésticas y familiares en mayor medida sin recibir remuneración económica a cambio, por lo que se tiene derecho a la compensación cuando el cónyuge que la pida demuestre que se dedicó a las tareas domésticas y que esto le generó algún costo de oportunidad sobre el otro cónyuge. Lo anterior, aun cuando haya dedicado alguna proporción de su tiempo al trabajo remunerado fuera de casa.

The content of this article is intended to provide a general guide to the subject matter. Specialist advice should be sought about your specific circumstances.