El 3 de noviembre de 2022 el Congreso del Estado de Guanajuato aprobó el dictamen signado por las Comisiones Unidas de Hacienda y Fiscalización y de Gobernación y Puntos Constitucionales, relativo a la Iniciativa de Decreto por medio del cual se adiciona un Capítulo octavo al Título Segundo denominado “Impuestos Ecológicos de Remediación Ambiental a la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato, adicionando cinco secciones y diversos artículos, estando pendiente de ser publicado.

Los impuestos ecológicos de remediación ambiental que serán adicionados a la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato son los siguientes:

Impuesto para Remediación Ambiental por la Emisión de Gases Contaminantes.

Se establece como objeto del pago de este impuesto las emisiones a la atmósfera de ciertas sustancias generadas en los procesos productivos que se desarrollan dentro del Estado y que afecten el medio ambiente.

La cuota aplicable al impuesto es de $250 por tonelada emitida de Bióxido de Carbono o su conversión.

Impuesto para la Remediación Ambiental por la Emisión de Contaminantes al Suelo, Subsuelo y Agua.

Se establece como objeto del pago de este impuesto la emisión de ciertas sustancias contaminantes que se depositen, desechen o descarguen al suelo, subsuelo o agua en territorio del Estado de Guanajuato.

Para el caso del suelo y subsuelo se prevé una cuota impositiva de $25 por cada 100 metros cuadrados afectados con sustancias contaminantes.

Para el caso del agua se estima una cuota impositiva de $100 por cada metro cúbico afectado con sustancias contaminantes.

Impuesto para Remediación Ambiental por el Depósito o Almacenamiento de Residuos.

Se establece como objeto del pago de este impuesto el depósito o almacenamiento de residuos vertederos públicos o privados, situados en el Estado de Guanajuato y cuya liberación en el ambiente pueda ser un constituyente tóxico o peligroso para la salud humana, ecosistemas o el equilibrio ecológico.

El presente impuesto se causará aplicando una cuota de $100 por tonelada de residuos depositados o almacenados en vertederos públicos o privados.

Estímulos de los Impuestos Ecológicos de Remediación Ambiental.

Se establece un estímulo por medio del cual los contribuyentes podrán obtener una reducción de un 20% en los impuestos ecológicos de los que sean sujetos, en caso de que disminuyan las emisiones, depósitos o almacenamiento de Residuos objeto de dichos impuestos equivalente a un 20% o más entre un año fiscal y otro.

De los transitorios del Decreto se advierte que su entrada en vigor será a partir del 1° de enero de 2023, previa publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

Asimismo, del Artículo Quinto transitorio del Decreto se desprende que las declaraciones mensuales y, en su caso, el entero del impuesto a cargo de los sujetos del impuesto correspondiente a los meses de enero a abril de 2023, se realizará a partir del 1º y hasta el 22 de mayo de 2023, sin que se genere actualización ni se causen accesorios.

Sugerimos que esta iniciativa sea revisada en lo individual para poder identificar oportunamente otros temas que pudieran ser de interés y que no se comentan en el presente Flash Informativo.

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