El mes pasado, el Estado Mexicano recibió formalmente, la invitación del Consejo de Europa para adherirse al Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal ("Convenio 108") y su respectivo Protocolo Adicional relativo a las autoridades de control y a los flujos transfronterizos de datos personales.

El Convenio 108, celebrado en el seno del Consejo de Europa, en 1981, juega, sin lugar a dudas, un papel estelar en el desarrollo de la protección de datos personales a nivel mundial, al tratarse del primer, y hasta el momento el único, instrumento de carácter internacional vinculante en la materia.

El Convenio 108, establece parámetros muy claros para la protección de datos personales, reglas entorno a la transferencia de datos personales entre Estados miembros, así como disposiciones que facilitan la cooperación internacional.

Cabe resaltar que, la invitación recibida por México para formar parte del multicitado Convenio 108, no implica per se su adhesión a éste, antes bien, han de seguirse procedimientos internos para su efectiva adhesión y ratificación; con lo cual, podrían esperarse cambios en la legislación nacional actual.

De concretarse la adhesión de México al Convenio 108, ésta tendría un impacto positivo en el desarrollo de la materia en el país, así como en las relaciones comerciales entre México y los países miembros del mismo; pues facilitaría el flujo de datos personales entre ellos. Asimismo, los titulares de los datos personales se verían beneficiados, ya que el multicitado instrumento contempla mecanismos para la efectiva tutela de los derechos de las personas en relación con sus datos personales en los distintos países miembros, con independencia del lugar en el que residan.

Para más información sobre el tema, puede consultar el siguiente sitio: https://www.coe.int/en/web/data-protection/-/congratulations-to-mexico-for-being-invited-to-accede-to-convention-108-

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