El 25 de julio de 2018, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros expidió el Reglamento Para la Determinación y Recaudación de Contribuciones en el Ámbito Societario, el cual fue publicado en el Registro Oficial No. 326 del 13 de septiembre de 2018. Los aspectos más relevantes de este Reglamento son los siguientes:

  • Estar sujetas al pago de una contribución anual sobre sus activos reales: Las compañías nacionales, sucursales de compañías u otras empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas, y las asociaciones o consorcios que formen entre sí o con compañías nacionales.
  • La Contribución será fijada de manera anual por la Superintendencia.
  • Los estados financieros se presentarán electrónicamente dentro del primer cuatrimestre del año, y pagarán la contribución sobre el total de los activos que se reflejen en dichos estados financieros.
  • En el caso de los Consorcios y Asociaciones, la contribución se calculará tomando como base los activos reales del consorcio o de la asociación, debiendo deducir el valor de las aportaciones hechas por las compañías asociadas, siempre que estas aportaciones se reflejen en sus propios estados financieros.
  • Los grupos económicos empresariales podrán requerir a la Superintendencia que se genere la contribución tomando en cuenta el balance consolidado.
  • El 50% de la contribución se deberá cancelar hasta el treinta de septiembre de cada año y el valor restante hasta el treinta y uno de diciembre del mismo año.
  • Las compañías nuevas pagarán la contribución desde el año siguiente al de su constitución.

Este artículo es meramente informativo. Si desea recibir asesoría legal sobre temas societarios y/o la aplicación de este reglamento, por favor, no dude en contactarnos a través de lawfirm@expertise.com.ec

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