En los próximos días la Corte Constitucional expedirá una sentencia, mediante la cual, la comunicación será declarada nuevamente un derecho fundamental, luego de un análisis de constitucionalidad realizado a la normativa que la clasificó como un servicio público.

Todo comenzó con las quince enmiendas constitucionales que fueron promovidas por el Gobierno de Rafael Correa en diciembre de 2015, sin duda, una de las más polémicas fue aquella que pretendió elevar a mandato constitucional la disposición contenida en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Comunicación, en razón de la cual, la comunicación pasó de ser un derecho a convertirse en un servicio público; propuesta que fue impulsada por el mismo ex presidente Correa, aseverando que esta declaración buscaba impedir que la comunicación siguiera siendo un "negocio privado"; y se convierta en un verdadero servicio público, administrado por el Gobierno, para garantizar su calidad.

Con esta medida, el Estado y ya no los medios de comunicación determinarían que información se consideraría de interés público, no sólo en los medios estatales, sino también en los privado; por esta razón, varios especialistas en la materia, señalaron que Ecuador había afrontado un fuerte retroceso en cuanto a la libertad de expresión, llegando a calificar a la Ley Orgánica de Comunicación como "ley mordaza", ya que en virtud de la declaración de la comunicación como un servicio público, se abría la puerta para la interferencia del Estado en la libertad que los medios de comunicación tenían para informar libremente a la ciudadanía.

Antes de que se apruebe esta enmienda constitucional, el artículo 384 de la Constitución dictaba que: "el sistema de comunicación social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana". Con la entrada en vigencia de la enmienda, pasó a disponer: "La comunicación como un servicio público se prestará a través de medios públicos, privados y comunitarios. El sistema de comunicación social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana.(...)". Respecto a esta enmienda, César Montúfar Presidente del Movimiento Concertación, aseguró en una entrevista de Diario El Comercio que "Cuando se establece a la comunicación no como un derecho sino como un servicio público, se le da al Estado la potestad de determinar las condiciones e incluso el contenido que puede ejercer la comunicación. Esto contradice de forma explícita y clara este derecho fundamental en el que el Estado no puede de ninguna manera establecer parámetros o condiciones para ejercerlo".

Tras la vigencia de las 15 enmiendas constitucionales promovidas por el oficialismo, en el 2015, varios actores políticos presentaron una serie de demandas ante la Corte Constitucional, solicitando se declare su inconstitucionalidad, por considerarlas violatorias de los derechos fundamentales. Así tras el paso de más de 900 días desde la presentación de la última demanda de inconstitucionalidad, la tarde del pasado 1 de agosto de este año, el Pleno de la Corte Constitucional derogó el paquete de enmiendas a la Constitución aprobadas en 2015, por la Asamblea Nacional, luego de aceptar tres de las siete demandas de inconstitucionalidad. Por ahora se ha dado a conocer a través de los medios, un proyecto de sentencia que ratifica la decisión del Pleno de la Corte, quedando pendiente la publicación de la sentencia definitiva en el Registro Oficial, para adquirir validez jurídica y por ende aplicación con efectos generales, lo que traerá como consecuencia, la reforma de varios artículos de la Carta Magna.

Fuentes:

1) Tomado de Diario EL COMERCIO del siguiente enlace web: https://www.elcomercio.com/actualidad/comunicacion-derecho- erviciopublico- enmiendas-asamblea.html

2) Tomado de la revista electrónica VISTAZO en el siguiente enlace web: http://www.vistazo.com/seccion/pais/politica-nacional/la-comunicacion- eja-de-ser- un-servicio-publico-en-ecuador.

3) Tomado del Diario El Espectador en el siguiente enlace web: https://www.elespectador.com/noticias/elmundo/comunicacion-ya-un- servicio- publico-ecuador-articulo-603490

4) Tomado de la página web ECUADORINMEDIATO.com en el siguiente enlace web: http://ecuadorinmediato.com/index.php?module=Noticias&func=news_user_view&id=2818840547&umt=corte_constitucional_analiza_demanda_inconstitucionalidad_a_enmi endas_2015

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