En Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.207 Extraordinario del 28 de diciembre de 2015, fue publicada la Ley de Telesalud (la "Ley"). Entre los aspectos más resaltantes de la misma se encuentran los siguientes:

  • Objeto: Establecer los principios, bases, lineamientos, control y regulación del funcionamiento de la Red de Telesalud, en procura de garantizar su uso adecuado en cuanto al acceso, cobertura y la calidad de atención a la población.
  • Finalidad: Determinar las estrategias, objetivos, control, universalización y funcionamiento de la Red de Telesalud; así como, los deberes, derechos y garantías de los usuarios y prestadores de servicios de la Red de Telesalud, para garantizar el derecho a la salud de las personas.
  • Se establece la Red de Telesalud como un servicio público, con una función social y de interés general a la que pertenecen el conjunto de acciones y estrategias en materia de salud que hacen uso combinado de tecnologías de información y comunicación en software libre con propósitos de atención integral, promoción a la salud, prevención de enfermedades, educación, autocuidados, tratamiento, rehabilitación, investigación, vigilancia epidemiológica, participación y gestión desarrolladas por trabajadores competentes en el área de la salud.
  • Se define a la Red de Telesalud como el establecimiento y servicios interconectados por tecnología de información y comunicación combinadas, organizados dentro del Sistema Público de Salud en sus diferentes niveles que se comunican, interrelacionan y operan entre sí, con funciones y bajo parámetros específicos para cumplir propósitos de telesalud.
  • Están sujetos a la aplicación de esta ley, todo establecimiento público o privado que preste servicios a la Red de Telesalud.
  • El Presidente de la República, en Consejo de Ministros, creará la Comisión Nacional de Telesalud, la cual establecerá las normas técnicas para regular el funcionamiento de la Red de Telesalud y la oferta de servicios en el ámbito nacional, tanto en la red pública como en el sector privado y estará adscrita al Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de salud.
  • Se establece el carácter reservado de los datos de los beneficiarios de la Red de Telesalud
  • Los sistemas de información que conformaran la Red de Telesalud serán desarrollados e implementados con herramientas de software libre.
  • La ley entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.

El presente boletín representa una descripción general de aspectos relevantes de la Ley y no constituye una opinión legal dirigida a atender una situación específica.

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