En fecha 23 de marzo de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de aguas nacionales a los usuarios que cuenten con títulos cuya vigencia hubiera expirado a partir del 1 de enero de 2004," (en lo sucesivo "Decreto"), el cual entró en vigor el 26 de marzo del año en curso y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018.

El Decreto prevé la posibilidad de otorgar nuevas concesiones o asignaciones en favor de, entre otros, aquellos usuarios que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

  1. No hubieren solicitado la prórroga de sus títulos en los plazos señalados en la Ley de Aguas Nacionales, es decir, máximo seis meses previos al vencimiento del título respectivo.
  2. Que hubieren presentado su solicitud de prórroga fuera de plazo y que se encuentren pendientes de resolución.
  3. Hayan sido objeto de declaraciones de caducidad parcial de los volúmenes concesionados y cuyas resoluciones hayan quedado firmes, únicamente por lo que respecta al volumen que no fue objeto del procedimiento de caducidad.

A diferencia de lo que se preveía en decretos similares publicados en años recientes, el Decreto no prevé penalizaciones en reducción de volúmenes concesionados para los usuarios que se beneficien de las facilidades administrativas que se prevén en él.

Una vez concluido el periodo de vigencia del Decreto, la Comisión Nacional del Agua solicitará al Registro Público de Derechos de Agua que inscriba la extinción de todos aquellos títulos respecto de los cuales no se haya presentado la solicitud prevista en dicho decreto.

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