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29 August 2018

Ley Reformatoria A La Ley Orgánica De Educación Superior

El día jueves 2 de agosto fue publicada en el Registro Oficial No. 297, la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Superior ...
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El día jueves 2 de agosto fue publicada en el Registro Oficial No. 297, la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Superior, la cual incorpora algunas reformas en el sector de la educación superior tales como la concesión de becas, igualdad de oportunidades, el impulso a la creación de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas, la sustitución del Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad (CEAACES) por el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, así como la atribución de nuevas facultades a la Secretaría Nacional de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación. A continuación, un breve detalle de las reformas más importantes que plantea esta nueva normativa:

La idea es fortalecer el sistema educativo superior a fin de garantizar el acceso a las instituciones de educación superior de los jóvenes bachilleres en igualdad de oportunidades. Sin embargo, la rendición de un examen de ingreso ya no es el único requisito para el ingreso de los estudiantes a las Universidades e Institutos de Educación Superior, pues además se tomará en cuenta su expediente académico, situación socio económica e inclusive su procedencia.

En cuanto a los criterios para la concesión de becas, se mantienen como beneficiarios aquellos estudiantes que no cuenten con los recursos económicos suficientes para cubrir el monto de sus estudios, así como aquellos que cuenten con un alto rendimiento académico, deportistas de alto rendimiento, personas con discapacidad, entre otros; constando como novedad, la posibilidad de obtener una beca como reparación de derechos previamente ordenado por Juez competente. Asimismo, se incluyó a los migrantes retornados y deportados, a través del desarrollo de programas como los destinados a la implementación de educación superior a distancia o en línea.

Otra de las novedades que incorpora esta normativa es la posibilidad que tienen los centros de educación superior de crear un denominado "Consejo de Regentes", el cual tendrá como principal función la de velar por el cumplimiento de la misión, visión y principios fundacionales de las instituciones. Este organismo interno deberá estar conformado por un mínimo de cinco miembros y máximo siete, quienes deberán acreditar amplia trayectoria académica o profesional, experiencia en gestión o desempeño en funciones de gran relevancia en el sector público, privado o comunitario, y probidad; y, serán legalmente responsables por las decisiones y actos que realicen en el ejercicio de sus funciones.

Por otra parte, a través de estas reformas, se estableció a la SENESCYT como la promotora y encargada de la reactivación de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi como institución de educación superior pública, de carácter comunitario, con autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica; por lo que esta entidad será la encargada de ejecutar las acciones legales, administrativas y de finanzas públicas, ante los entidades y organismos competentes para asegurar la transición y reinicio de actividades de la Universidad. Con esta iniciativa, lo que se pretende es garantizar la igualdad de oportunidades para acceder a los centros de educación superior a los jóvenes pertenecientes a otras nacionalidades o comunidades indígenas.

Finalmente, el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad (CEAACES), será sustituido por el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior como nuevo organismo integrante del Sistema Nacional de Educación Superior, el cual acreditará a las instituciones de educación superior, carreras y programas conforme lo establecido en la LOES y el Reglamento que se expida para el efecto, pero con la novedad de que se han eliminado las categorías de universidades, las cuales ahora no tendrán distinción de este tipo.

Fuentes:

1) R.O. NO. 297 del 2 de agosto de 2018. "Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Superior".
2) Tomado de un artículo publicado en el Diario EL COMERCIO en el siguiente enlace web: https://www.elcomercio.com/actualidad/cambios-reforma-loes-educacionsuperior-ecuador.html.

La información contenida en este blog, no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal ya que se trata de un documento puramente informativo.

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